APARTAMENTOS TURISTICOS

 

INTRODUCCION

-Real Decreto 2877/1982 , de 15 de octubre, sobre ordenación de apartamentos y viviendas vacacionales.

-Ley 42/1998, de 15 de diciembre sobre los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias.

Orden Ministerial de 17 de enero de 1.967.

Normativa autonómica:

ANDALUCIA:

- Se rige por la normativa estatal citada.

- Decreto 14/1990, de 30 de enero sobre requisitos mínimos de infraestructura.

ARAGON:

- Se rige por la normativa estatal citada.

BALEARES:

- Se rige por la normativa estatal y Ley 2/84, de 12 de abril de alojamientos turísticos extrahoteleros.

- Decreto 8/1998, de 23 de enero, por el que se regulan las viviendas turísticas vacacionales en el ámbito de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

- Ley 2/2005, de 22 marzo, de comercialización de estancias turísticas en viviendas.

- Decreto 55/2005, de 20 de mayo, por el que se regulan las viviendas turísticas de vacaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

- Decreto 17/2006, de 17 de febrero, por el cual se desarrolla la Ley 2/2005, de 22 de marzo, de comercialización de estancias turísticas en viviendas.

CANARIAS:

- Orden de 23 de septiembre de 1988, por el que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad en la explotación de los establecimientos turísticos.

- Orden de 19 de octubre de 1988, de los nombres y de la publicidad de los establecimientos turísticos.

- Decreto 23/89, de 15 de febrero, sobre Ordenación de apartamentos turísticos.

- Orden de 29 de mayo de 1989, por la que se desarrolla la Disposición Transitoria Segunda, apartado dos, del Decreto 23/89, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos.

- Decreto 305/1996, de 23 de diciembre, sobre medidas de seguridad y protección contra incendios en establecimientos turísticos alojativos.

- Orden interdepartamental de 21 de septiembre de 1999, por le que se establecen los criterios interpretativos de los anexos del Decreto 305/1996, de 23 de diciembre, sobre medidas de seguridad y protección contra incendios en establecimientos turísticos alojativos.

- Decreto 20/2003, , de 10 de febrero, por el que se modifica el Decreto 305/1996, de 23 de diciembre, sobre medidas de seguridad y protección contra incendios en establecimientos.

CANTABRIA:

- Se rige por la normativa estatal citada.

CASTILLA Y LEON:

- Se rige por la normativa estatal citada.

CASTILLA-LA MANCHA:

- Se rige por la normativa estatal citada.

CATALUÑA:

- Decreto 193/89, de 17 de julio de Ordenación y clasificación de apartamentos turísticos.

- Decreto 194/89, de 17 de julio, regulador de las empresas de alquiler de los apartamentos turísticos.

- Decreto 100/90, de 20 de marzo sobre requisitos técnicos mínimos de los apartamentos turísticos.

-Orden de 20 de octubre de 1.992 sobre la creación de dos grupos en la sección de empresas dedicadas a alquiler de apartamentos turísticos del Registro General de Empresas y Actividades Turísticas.

- Decreto 163/1998, de 8 de julio, de apartamentos turísticos.

EUSKADI:

- Se rige por la normativa estatal citada.

Vease Decreto 191/1997, de 29 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos, las viviendas turísticas vacacionales, los alojamientos en habitaciones de casas particulares y las casas rurales.

EXTREMADURA:

- Se rige por la normativa estatal citada.

GALICIA:

- Se rige por la normativa estatal citada.

LA RIOJA:

- Decreto 111/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de la Rioja. (Título I, Capítulo II, artículos 71 a 87 y Disposición Transitoria 4ª)

MADRID:

- Se rige por la normativa estatal citada.

MURCIA:

- Decreto 75/2005, de 24 de junio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y alojamientos vacacionales.

- Orden de 20 de julio de 2006, por la que se determinan los distintivos de los apartamentos turísticos y alojamientos vacacionales, alojamientos rurales, establecimientos hoteleros y establecimientos de restauración de la Región de Murcia.

NAVARRA:

- Se rige por la normativa estatal citada.

PRINCIPADO DE ASTURIAS:

- Decreto 60/86, de 30 de abril sobre Ordenación de los apartamentos turísticos.

VALENCIA:

- Decreto 30/93, de 8 de marzo, sobre alojamientos-turismo. Aprueba el reglamento de apartamentos turísticos y villas y chalets.

ATRAS

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