APARTAMENTOS TURISTICOS |
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NORMA: Decreto 194/89 TITULO: Regula las empresas de alquiler de apartamentos turísticos. FECHA: 17 de julio de 1.989 PUBLICACION: DOC de 4 y 6 de septiembre de 1.989 ARTICULOS: 20 AMBITO DE APLICACION: Personas físicas y jurídicas que en el ámbito territorial de Cataluña se dedican al alquiler, mediante precio, de los apartamentos turísticos a que se refiere el Decreto 193/89 de 17 de julio antes expuesto. CONTENIDO Y COMENTARIO: Crea una sección en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas reglamentadas de Cataluña para estas empresas. Regula los requisitos exigidos a estas empresas para el normalizado ejercicio de la actividad (art. 3) y los documentos que deben presentar junto a la solicitud (art. 4). Contiene las obligaciones establecidas respecto de estas empresas (arts. 5 a 8). Se determina la obligatoriedad de suscribir en forma escrita el contrato con el cliente (arts. 10 y 11). Se regula la exigencia de una fianza como garantía en la prestación de los servicios (arts. 3, 12 y 13). El régimen de clandestinidad en relación con este tipo de empresas alcanza a las agencias de viajes en la responsabilidad por la contratación y comercialización de apartamentos no autorizados (art. 19). Establece régimen de responsabilidad objetiva sobre las infracciones cometidas a este Decreto y al 193/89 (art. 20).
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