CAMPAMENTOS DE TURISMO.

 

NORMA: DECRETO 23/86. El capítulo V ha sido derogado.

TITULO: Regula los campamentos y acampadas juveniles.

FECHA: 2 de mayo de 1986

PUBLICACIÓN: B.O. Cantabria de 13 de mayo de 1986

ÁMBITO DE APLICACIÓN: Artículo 1

Campamentos y acampadas juveniles que se desarrollen dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.

Se refiere a:

- Campamentos

- Acampadas estables

- Acampada controlada

- Acampada itinerante

Campamentos. Instalación al aire libre con más de 50 acampados y por un tiempo superior a 15 días.

Acampadas estables. Campamentos, colonias y campos de trabajo en que participen jóvenes, en número inferior a 50 y con una duración máxima de 10 días.

Acampada controlada. Se realiza mediante albergues móviles y tiendas de campaña en lugares destinados a esta actividad.

Acampada itinerante. La que de carácter móvil, respetando los derechos de propiedad y uso del suelo, realiza asentamientos no superiores a dos noches en cada lugar, utilizando tiendas de campaña o caravanas.

REQUISITOS TÉCNICOS

Prohibiciones: Art. 24

Normas sanitarias: Art.. 25

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN

- Campamentos: Art.. 4

- Acampada estable: Art.. 5

- Acampada controlada: Art.. 11

COMENTARIO

Este Decreto está derogado en lo referente a las Acampadas libres.

En todas estas actividades debe existir una persona responsable habilitada para ello.

 

 

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