CAMPAMENTOS DE TURISMO. |
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NORMA: DECRETO 23/86. El capítulo V ha sido derogado. TITULO: Regula los campamentos y acampadas juveniles. FECHA: 2 de mayo de 1986 PUBLICACIÓN: B.O. Cantabria de 13 de mayo de 1986 ÁMBITO DE APLICACIÓN: Artículo 1 Campamentos y acampadas juveniles que se desarrollen dentro del territorio de la Comunidad Autónoma. Se refiere a: - Campamentos - Acampadas estables - Acampada controlada - Acampada itinerante Campamentos. Instalación al aire libre con más de 50 acampados y por un tiempo superior a 15 días. Acampadas estables. Campamentos, colonias y campos de trabajo en que participen jóvenes, en número inferior a 50 y con una duración máxima de 10 días. Acampada controlada. Se realiza mediante albergues móviles y tiendas de campaña en lugares destinados a esta actividad. Acampada itinerante. La que de carácter móvil, respetando los derechos de propiedad y uso del suelo, realiza asentamientos no superiores a dos noches en cada lugar, utilizando tiendas de campaña o caravanas. REQUISITOS TÉCNICOS Prohibiciones: Art. 24 Normas sanitarias: Art.. 25 PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN - Campamentos: Art.. 4 - Acampada estable: Art.. 5 - Acampada controlada: Art.. 11 COMENTARIO Este Decreto está derogado en lo referente a las Acampadas libres. En todas estas actividades debe existir una persona responsable habilitada para ello.
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