Actividad Sancionadora
Sujeto Responsable Inspección Infracciones
Sujetos Actuación Tipología Prescripción
Andalucía Titular de la empresa sea persona física o jurídica. Servicios de Inspección Actas Ver el final del epígrafe A  los 6  meses de haberse cometido.
Aragón Titulares de las empresas, establecimientos y actividades turísticas que serán aquellos a cuyo nombre figure la licencias o autorización preceptivas.   Actas Idem Leves: 2 meses.

Graves: 6 meses.

Muy graves: 1 año.

Canarias Personas físicas o jurídicas públicas o privadas que realicen las acciones omisiones tipificadas por esta ley   · Actas

· Visitas de comprobación

· Informes

Idem  
Cantabria Titulares, personas físicas o jurídicas que figurarán en la licencia o certificación correspondiente. Inspectores de Turismo · Actas

· Citaciones

Idem  
Castilla la Mancha · Personas físicas o jurídicas titulares de las empresas a cuyo nombre figure la autorización.

· Las que realicen cualquier actividad turística aún sin autorización.

 

  · Vigilancia

· Comprobación

· Asesoramiento

· Los demás que puedan establecerse reglamentariamente.

Idem  
Castilla León · El titular.   · Actas. Idem  
Extremadura   · Inspección de Turismo · Visitas

· Citaciones

· Medidas de investigación legales que considere oportunas.

Idem · Muy graves: a los 2 años.

· Graves: al año.

· Leves: a los 6 meses.

Galicia · Titulares de empresas, establecimientos o instalaciones realizadas en la Comunidad Autónoma. · Inspectores de Turismo del Cuerpo de Gestión , grupo B escola técnica de inspección turística. · Las actuaciones se documentarán en actas, diligencia, comunicaciones e informes. Idem  
  Actividad Sancionadora
Sujeto Responsable Inspección Infracciones
Sujetos Actuación Tipología Prescripción
Islas Baleares · Titular de la empresa. · Personal inspector. · Comprobación del cumplimiento de la normativa, infraestructuras y servicios obligatorios.

· Velar por la igualdad en la aplicación de las normas.

· Comprobar el cumplimiento de los planes de modernización.

· Velar por el respeto de los derechos del usuario.

· Comprobar los hechos objeto de quejas y reclamaciones.

· Asesorar

· Cualquier otra que se le atribuya reglamentariamente.

Idem · Muy graves: a los tres años de haberse cometido.

· Graves: a los dos años.

· Leves a los seis meses

La Rioja · Persona física o jurídica titular de la licencia o quien realice una actividad turística sin contar con la correspondiente autorización. ·  Personal de la inspección de turismo. · Visitas

· Función fiscalizadora.

· Advertencias.

Idem Muy graves: al año.

Graves: a los seis meses.

Leves: a los dos meses

Madrid · Titulares, personas físicas o jurídicas a cuyo nombre figure el título licencia.

· Las personas físicas o jurídicas que realicen acciones y omisiones tipificadas por la ley.

· Inspección de turismo · Actas de inspección.

· Citaciones.

Idem  
Navarra ·  Las personas físicas y jurídicas titulares de la empresa, establecimiento o actividad turística siendo salvo prueba en contra aquellas a cuyo nombre figure la licencia o autorización

· Si no estuviese en posesión de la misma, lo será quien ejerza la actividad

· Inspección de turismo ·  Vigilancia y cumplimiento de las disposiciones vigentes

·  Comprobación de los hechos

·  Asesoramiento e informe

Idem ·  Muy Graves: a los dos años

·  Graves: al año

·  Leves: seis meses

· Desde el momento de su comisión

País Vasco · Las personas físicas o jurídicas responsables a título de , simple negligencia. Inspectores de turismo. · Vigilancia y comprobación de las disposiciones legales.

· Comprobación de los hechos.

· Asesoramiento e informe.

Idem De infracciones y sanciones:

· Leves:3 meses.

· Graves: 6 meses.

· Muy graves: un año.

Principado de Asturias · Titulares de empresas u otras personas que infrinjan la ley vigente. · Funcionarios que realicen funciones de inspección. · Visitas.

· Actas.

Idem Leves: 6 meses.

Graves: 8 meses.

Muy graves: 12 meses.

  Actividad Sancionadora
Sujeto Responsable Inspección Infracciones
Sujetos Actuación Tipología Prescripción
 Región de Murcia · Personas físicas o jurídicas titulares de autorización administrativa o de habilitación profesional.

· Personas físicas o jurídicas que no disponiendo de autorización ni habilitación profesional obligatoria, presten servicios turísticos o de información turística.

· Las administraciones públicas presten servicios o actividades turísticas.

Funcionarios públicos adscritos a la Dirección General de Turismo. · Actas de Inspección.

· Libro de inspección

·  Visitas de comprobación

Idem · Leves a los seis meses.

· Graves : a los dos años

· Muy graves a los tres años

· Desde el momento de su comisión.

Valencia · Titulares de empresas a cuyo nombre figure la licencia o autorización preceptivas.

· Los que no disponiendo de autorización o título obligatorio realicen la actividad.

·  Las personas físicas o jurídicas titulares de empresas y establecimientos o que realicen actividades turísticas en la Comunidad Valenciana

Corresponde a la Agencia Valenciana de Turismo la comprobación, vigilancia y control del cumplimiento de  la normativa turística para ello podrá disponer de cuantos agentes de inspección y en su caso inspectores precisen sus diversos servicios y dependencias. la agencia podrá habilitar a personal cualificado. Actas de inspección Idem Leves :3 meses

Graves: 6 meses

Muy graves: 1 año.

Ceuta          
Melilla          

 

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