| Requisitos administrativos | ||||||
| Informes | Autorizaciones | Inscripción Registral | Dispensas | Revocaciones | Bajas | |
| Andalucía | ||||||
| Aragón | ||||||
| Canarias | Necesidad de obtener las autorizaciones exigidas por la ley | Inscripción obligatoria | ||||
| Cantabria | El órgano competente concederá autorización o licencia a las empresas que reglamentariamente lo precisen | Por incumplimiento grave de las condiciones o cuando desaparezcan las circunstancias del otorgamiento mediante resolución firme | ||||
| Castilla-La Mancha | Las empresas requieren autorización para su apertura y modificaciones, también los campings y centros recreativos | Inscripción obligatoria en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos para empresas y establecimientos turísticos reglamentarios | La Consejería competente podrá dispensar de alguna exigencia técnica, previo informe | |||
| Castilla y León | Las empresas requieren autorización para su apertura | Inscripción en el Registro de Empresas, Actividades y Profesiones Turísticas | ||||
| Cataluña | Solicitudes previas a la instalación del C.R.T. | |||||
| Extremadura | Informe previo de los promotores | Las
autorizaciones son necesarias para el inicio de actividades y modificaciones |
Excepcionalmente la Consejería podrá dispensar de alguna exigencia requerida, mediante informe técnico | |||
| Galicia | Autorizaciones previas al inicio de actividad así como para modificaciones y reformas | Obligatoria
para la mayor parte de las empresas turísticas y a excepción de asociaciones y
patronatos
|
La Administración revocará las autorizaciones de las empresas que no notifiquen su baja a la Administración | |||
| Islas Baleares | Autorizaciones previas, también para reformas | La denegación de la autorización turística de apertura implicará la revocación de la autorización turística previa | Serán: - Temporales - Definitivas Pueden ser acordadas de oficio |
|||
| La Rioja | ||||||
| Informes | Autorizaciones | Inscripción Registral | Dispensas | Renovaciones | Bajas | |
| Madrid | La empresa requerirá la previa autorización o título licencia | Inscripción
obligatoria voluntaria para empresas de servicios complementarios, así como asociaciones y entidades con intereses en el sector |
La Consejería revocará las autorizaciones cuando se incumplan las condiciones | |||
| Navarra | ||||||
| País Vasco | Las empresas deben solicitar autorizaciones de actividad y clasificación así como para cualquier modificación | Obligatoria | ||||
| Principado de Asturias | ||||||
| Región de Murcia | La Dirección General de Turismo otorga autorizaciones a las empresas o títulos licencia y procede a su clasificación, también pone modificaciones. | Inscripción obligatoria | Las autorizaciones o títulos-licencia podrán ser revocadas ante resolución motivada, y expediente | |||
| Valencia | -Autorización
previa a la entrada en funcionamiento de los establecimientos o ante una modificación
sustancial - No se aplica a empresas de servicios complementarios |
|||||
| Ceuta | ||||||
| Melilla | ||||||
|
ATRAS |
INICIO |