Mesa del Turismo

IV PREMIO  MESA  DEL  TURISMO

C O N V O C A T O R I A

 

La Mesa del Turismo ha considerado que la variedad y dispersión de la actual legislación turística española, suscita dudas y dificultades entre quienes, desde distintos planos relacionados con ese sector, necesitan conocerla y, en su caso, aplicarla. En los últimos años, a partir de las sucesivas transferencias del Estado de una gran parte de sus competencias en materia turística en favor de las Comunidades Autónomas, se han promulgado numerosas disposiciones de distinto rango, provenientes de las distintas Cámaras legislativas, así como de las Administraciones, Central, Autonómicas y Locales. Parece, por tanto, muy aconsejable, de una parte, tratar de reunir en un "cuerpo legal", toda la normativa turística vigente, sobre cuantos temas deban ser considerados de interés general, haciéndola así fácilmente accesible y compulsable; de otra, la realización, como siguiente paso, de un análisis de las distintas normativas, en sí mismas, comparativamente, poniendode manifiesto, cuando proceda, las coincidencias o discrepancias que, en relación con dichos temas, puedan darse entre ellas. Por último, y siempre desde el máximo respeto hacia el ejercicio de las competencias que les son propias, por parte de las distintas Administraciones públicas, resulta conveniente examinar, por vía de simple "ensayo", qué posibilidades cabrían, dentro de una deseable coordinación entre ellas, de unificar determinados criterios, en cuanto así resulte conveniente al común y superior interés turístico general.

Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, la Mesa del Turismo ha decidido convocar el

"IV PREMIO MESA DEL TURISMO", dotado con DOS MILLONES DOSCIENTAS MIL pesetas,

que se adjudicará mediante concurso y conforme a las siguientes

B A S E S

I. TEMA. "LEGISLACION TURISTICA ESPAÑOLA".

1. Recopilación de la legislación, específicamente turística, vigente actualmente en España, que deba considerarse de conocimiento e interés general, tanto proveniente de Cámaras legislativas, como de las distintas Administraciones públicas.

 

2. Análisis de las normas más relevantes; y comparación entre las disposiciones de contenido similar, cuando pudieran existir diferencias reales o aparentes entre los textos, cuyo objetivo general sea el mismo.

3. En función de lo anterior, sugerencias en cuanto a posibilidades de una mayor coordinación entre las diferentes "políticas" turísticas y, en su caso, de armonización de criterios sobre temas o materias que pudieran merecer un tratamiento uniforme.

II. PARTICIPANTES.

La participación será libre, con la única limitación de que los concursantes tengan la nacionalidad española.

III. FASES DEL CONCURSO.

Constará de las siguientes:

A) PRIMERA FASE.

1. Plazo. Hasta el 30 de junio de 1996.

2. Trabajo a presentar. Estudio, con una extensión máxima de 15 folios y mínima de 10, mecanografiados a dos espacios, en el que el concursante, por vía de síntesis y a modo de "proyecto", deberá establecer:

a) Sumario, con un avance suficientemente pormenorizado y representativo, de lo que será el trabajo a presentar en la segunda fase.

b) Cualquier otra información que el concursante estime pueda contribuir a valorar el rigor con el que se proponga desarrollarlo.

3. Resolución. Con anterioridad al 30 de julio de 1996, el Jurado designado al efecto, conforme establece la Base IV, seleccionará entre los trabajos presentado que reúnan las condiciones anteriormente señaladas, un máximo de TRES, considerados como los mejores.

4. Notificación. Inmediatamente después se notificará dicha resolución a los autores de los trabajos seleccionados, invitándoles a participar en la siguiente y definitiva fase.

B) SEGUNDA FASE.

1. Plazo. Hasta el 30 de noviembre de 1996.

2. Trabajo definitivo. Deberá corresponderse con el desarrollo del "proyecto" seleccionado.

3. Resolución. Sin perjuicio de lo que se establece en la Base VII, antes del 30 de diciembre de 1996,

el Jurado propondrá a la Mesa del Turismo y ésta decidirá, quien resulte ganador del IV PREMIO

MESA DEL TURISMO, decisión a la que se dará la debida publicidad.

C) NORMAS DE APLICACION A LAS DOS FASES.

1. Se podrá participar en la Convocatoria a título individual, o formando grupo que realice en común los trabajos correspondientes. En todo caso, se mantendrá la exigencia de nacionalidad española para los participantes.

2. El trabajo se presentará, individual o colectivamente, bajo "lema" libremente elegido por los participantes, que se hará constar en la cubierta del sobre cerrado a entregar, simultáneamente, con aquél. Dentro de éste habrá información suficiente conteniendo la identificación del participante o participantes, si se trata de grupo.

3. Resuelta la primera fase del concurso, quienes participen en la segunda, seguirán lo establecido en el párrafo anterior, cambiando de "lema".

4. Los trabajos, en ambas fases, se presentarán en la Presidencia de la Mesa del Turismo, calle Manuel Benedito, 8 - 4º A, 28036 MADRID.

IV. JURADO.

Estará presidido por el Presidente de la Mesa del Turismo, y compuesto por cinco miembros de la misma, más el Secretario General, que actuará de Secretario del Jurado.

PREMIOS.

1. CIEN MIL pesetas para cada uno de los trabajos seleccionados para pasar a la segunda fase.

2. UN MILLON NOVECIENTAS MIL pesetas más para el que resulte ganador del Premio, de forma que su cuantía total habrá alcanzado los DOS MILLONES de pesetas.

3. Si el trabajo seleccionado, en una u otra fase, correspondiera a un grupo de participantes, el premio se concederá conjuntamente a dicho colectivo, que lo distribuirá entre sus miembros como ellos estimen oportuno.

La Mesa del Turismo se relacionará, a tales efectos, con quien aparezca en primer lugar en la relación que figure, una vez abierto, en el sobre con el "lema" utilizado.

VI. PUBLICACION.

Sin perjuicio de la propiedad intelectual del autor o autores del trabajo premiado, la Mesa del Turismo se reserva, durante el plazo de UN AÑO, contado a partir de la fecha del Fallo, el derecho a la difusión total, parcial o resumida de dicho trabajo en los medios de comunicación, así como el de editar el mismo, sin ninguna otra limitación, excepto la de que la tirada en este último caso no podrá exceder de 3.000 ejemplares.

VII.

A propuesta del Jurado, la Mesa podrá acordar que el Premio quede desierto, si ninguno de los trabajos presentados a la fase final alcanzase la calidad mínima que considere debe exigirse para merecerlo.

Madrid, 28 de marzo de 1996

ALFONSO DE URBINA

Presidente

FELIX AREVALO

Secretario General

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